Benedicto XVI a los jóvenes: «Tenéis la tarea de mostrar al mundo que la fe trae una felicidad y alegría verdadera, plena y duradera. Y si el modo de vivir de los cristianos parece a veces cansado y aburrido, entonces sed vosotros los primeros en dar testimonio del rostro alegre y feliz de la fe»

miércoles, noviembre 03, 2010

La igualdad impuesta contra la tolerancia

OS TRANSCRIBO UN PEQUEÑO PARRAFO DEL ARTICULO PUBLICADO EN ACEPRENSA QUE PODEIS LEER COMPLETO EN ESTE LINK .

http://www.aceprensa.com/articulos/2010/nov/03/la-igualdad-impuesta-contra-la-tolerancia/

La separación entre las Iglesias y el Estado se está viendo amenazada hoy día por los intentos de imponer a las organizaciones religiosas un conjunto de reglas aprobadas en el ámbito estatal. Especialmente, al aplicar políticas de no discriminación o al reconocer como derechos conductas que las Iglesias rechazan, se quiere obligar a éstas a cambiar sus propias normas. En este artículo, publicado originalmente en www.spiked-online.com, su editor Brendan O’Neill critica esta tendencia manifestada en la Ley de Igualdad que ha entrado en vigor en el Reino Unido.
Firmado por Brendan O'Neill
Fecha: 3 Noviembre 2010


Proteger la libertad de conciencia
Sin duda muchos de los humanistas de hoy, que paradójicamente se las dan de hijos intelectuales de la Ilustración, denunciarían esto como una “cláusula de exención” inaceptable. Al fin y al cabo, Locke estipula que las autoridades civiles deben ser tolerantes y no infligir pena exterior alguna a un hombre por motivo de lo que cree, pero sostiene que este deber de tolerancia no siempre se extiende a las Iglesias y otras sociedades espontáneas, que deben tener libertad para expulsar a quien crea o piense o se comporte de manera contraria a las leyes internas de tales sociedades.
Pero no es una simple “cláusula de exención” o contradicción inaceptable: eso pertenece a la sustancia de la Ilustración. Es la distinción entre nuestra “vida exterior”, nuestros deberes públicos y nuestra existencia civil, y nuestra “vida interior”, lo que creemos y pensamos, que es un ámbito en que no debería tener jurisdicción autoridad civil alguna. Tanto la tesis de que las autoridades civiles deben tolerar distintos sistemas de creencias, como la tesis de que las Iglesias no deberían tolerar a los no creyentes o a los que consideren “pecadores” se dirigen a proteger la libertad fundamental de conciencia: la libertad de la persona para creer lo que quiera y unirse a sociedades privadas que reflejen y sostengan esas creencias.
Por supuesto, tolerar una fe no significa que a uno tenga que gustarle, o uno tenga que respetarla o celebrarla. Hoy, demasiadas veces, se confunde “tolerancia” con “reconocimiento”, como si no bastara decir simplemente: “sí, esa sociedad espontánea tiene derecho a existir”, sino que por lo visto tendríamos que decir también: “¿no hace esa sociedad espontánea una estupenda e igualmente válida aportación a la sociedad?”
Locke no reconocería esa distorsionada idea de tolerancia como relativismo, pues también defendía el derecho de intentar convertir a los que pertenecían a otras Iglesias. “Enseñando, instruyendo y corrigiendo con razones a los que yerran, [uno] puede ciertamente hacer todo lo que es propio de cualquier hombre bueno”, dice. Sin embargo, “una cosa es persuadir y otra mandar; una cosa es apremiar con argumentos y otra con castigos”. Reclamando que el Estado castigue con penas exteriores a las sociedades espontáneas que rehúsan asociarse con personas a las que consideran impropias, los humanistas de hoy se han convertido, paradójicamente, en “fanáticos que condenan todo lo que no es a su manera”.

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